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Fiscal y AEAT

Modelo 111 (M111)

Autoliquidación trimestral (o mensual para grandes empresas) de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF practicadas sobre rendimientos del trabajo, actividades económicas y premios.

Definición y obligación

El Modelo 111 es la autoliquidación periódica mediante la cual el pagador ingresa en la AEAT las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF practicadas sobre rendimientos del trabajo (nóminas, finiquitos, indemnizaciones gravadas), determinadas actividades económicas (profesionales con retención del 15 % o 7 % para nuevos), premios de juego y rendimientos derivados de la propiedad intelectual o industrial.

Lo regula el artículo 108 del Reglamento del IRPF (RD 439/2007) y la Orden HAC que aprueba el modelo. Están obligados todos los pagadores que satisfacen rentas sujetas a retención: empresas con plantilla, profesionales que contratan otros profesionales, comunidades de bienes pagadoras, asociaciones, etc.

La periodicidad es trimestral con carácter general (presentación del 1 al 20 del mes siguiente al trimestre) y mensual para grandes empresas (facturación superior a 6.010.121,04 €) y entidades adscritas a la Administración Central de Grandes Contribuyentes (DCGC).

Cómo se prepara desde Business Central

Business Central, en su versión nativa para España, no genera el fichero del Modelo 111 listo para subir a la AEAT. La nómina suele gestionarse en software especializado (Sage, A3, Meta4) y los datos llegan a BC por asiento contable agregado.

La extensión dvimpuestos de Davisa cubre el hueco cuando el cliente quiere centralizar la presentación fiscal en BC:

Errores frecuentes

  1. No incluir indemnizaciones por despido no exentas. La indemnización exenta hasta el límite del artículo 7.e LIRPF no lleva retención, pero el exceso sí. Aplicar exención total cuando se ha pactado por mutuo acuerdo es un error inspector habitual.
  2. Confundir retención de profesional con servicios facturados en régimen de IVA. Las facturas de profesionales con retención del 15 % (o 7 % nuevos) generan apunte en el 111 con clave G.01, no en el 115 (alquileres) ni en el 123 (rendimientos de capital mobiliario).
  3. Olvidar el ingreso a cuenta de retribuciones en especie. Vales de comida, seguro médico no exento, vehículo de uso mixto: el ingreso a cuenta se calcula sobre el valor de mercado y se ingresa en el 111 con clave A.01 (la repercusión al trabajador es opcional).
  4. No cuadrar el 111 trimestral con el 190 anual. Si la suma de los cuatro 111 no encaja con el 190 presentado en enero, Hacienda emite requerimiento automático. El descuadre suele venir de complementarias de nómina no reflejadas en el periodo correcto.

¿Te ayudamos a aplicarlo en tu Business Central?

Davisa lleva implantando Business Central desde 2003. Si necesitas modelo 111 dentro de tu ERP, te enseñamos cómo dvimpuestos lo cubre nativo, sin middleware ni hojas paralelas.

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