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REA (Registro de Empresas Acreditadas) (REA)

Registro autonómico obligatorio para empresas que pretenden ser contratadas o subcontratadas en el sector de la construcción. Acredita organización preventiva y solvencia ante la propiedad y la inspección.

El REA (Registro de Empresas Acreditadas) es el registro de carácter autonómico en el que deben inscribirse, con carácter previo, todas las empresas que pretendan ser contratadas o subcontratadas para realizar trabajos en una obra de construcción. Está regulado por la Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y desarrollado en el Real Decreto 1109/2007.

El objetivo: combatir la siniestralidad laboral y la subcontratación en cadena que durante años convirtió la construcción española en uno de los sectores con mayor accidentalidad. El REA exige a cualquier empresa que vaya a entrar en una obra que demuestre previamente:

La inscripción es única para todo el territorio nacional y se hace en la autoridad laboral de la comunidad autónoma donde la empresa tenga su domicilio social. La acreditación tiene vigencia de 3 años, renovable.

Cómo funciona en obra

Cuando un contratista o subcontratista entra en una obra debe acreditar su inscripción mediante el certificado de inscripción REA vigente. La propiedad o el contratista principal está obligado a verificarlo antes de permitir el inicio de los trabajos.

La ley limita la cadena de subcontratación a un máximo de tres niveles sobre el contratista principal (subcontratista de subcontratista de subcontratista, salvo autorización específica). Sin REA o con cadena más larga, la responsabilidad solidaria por accidentes y por deudas salariales/Seguridad Social del subcontratista se extiende hacia arriba al contratista y a la propiedad.

Cómo se aplica en Business Central

dvproject-construccion y dvproject-promocion-construccion sobre Business Central mantienen el control de REA como parte del gobierno de la subcontratación:

Errores frecuentes

  1. Asumir REA por inscripción del año anterior. El REA caduca a los 3 años. Es responsabilidad del contratista verificar vigencia antes de cada nueva obra, no del subcontratista demostrarla espontáneamente.
  2. Encadenar más de 3 niveles. Cuando un subcontratista de tercer nivel intenta subcontratar a su vez, la cadena se rompe. La obra queda en situación de irregularidad y el contratista principal asume responsabilidad solidaria.
  3. REA no exigido en autónomos. Los trabajadores autónomos que actúan como subcontratistas también están obligados a inscripción REA. Tratarlos como exentos por su condición es error frecuente y costoso.
  4. No archivar los certificados. En inspección de trabajo, la ausencia de certificado REA en archivo de obra es presunción de incumplimiento del contratista, no del subcontratista. Mantener el PDF junto al contrato de subcontratación es imprescindible.
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